21 de junio de 2022

“Falsos positivos” fue la denominación que se le dio a las ejecuciones extrajudiciales a manos, principalmente, de miembros del Ejército Nacional de Colombia contra civiles no beligerantes, haciéndolos pasar como bajas en combate en el marco del Conflicto armado interno de Colombia. Este fenómeno está siendo actualmente investigado por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dentro del macro caso 003 y dentro de sus principales avances se encuentra el reconocimiento de responsabilidad de diez militares retirados (dentro de ellos un general) por su participación en las ejecuciones sistemáticas que dejaron por saldo 6.402 víctimas.

Cabe señalar que tal reconocimiento se convirtió en un hito histórico en la justicia transicional donde, por primera vez parte de los militares responsables de crímenes de guerra y lesa humanidad reconocen pública y personalmente —ante la sociedad, las víctimas y la justicia— su participación en estos delitos. No obstante, el reconocimiento de militares en el caso de los llamados “falsos positivos” si bien, representa un avance sin precedentes en materia de verdad y reparación, pone el descubierto un sinnúmero de implicaciones políticas, sociales y culturales a las que el sistema integral de justicia transicional tendrá que hacer frente, pero, sobre todo, el Estado y sus instituciones jugarán un rol determinante.

La declaración pública de los militares ante las víctimas y la JEP ha contribuido, sin lugar a duda, a la consolidación del legado de verdad como bandera del posconflicto y la reconciliación y ha fortalecido simbólicamente la posibilidad de construir y hacer la paz. Sin embargo, existen silencios y vacíos que ponen al descubierto el principal reclamo de las víctimas. Bajo la premisa “¿Quién dio la orden?” se manifiesta la necesidad de esclarecimiento no solo respecto a quiénes llevaron a cabo los crímenes sinoy, sobre todo, la importancia de la identificación de la cadena de mando y de las directrices institucionales frente a la sistematicidad de las ejecuciones extrajudiciales. En este sentido, el acto de reconocimiento de la responsabilidad se convierte en la posibilidad de empezar a “desenmarañar” el funcionamiento estructural de las Fuerzas Militares en Colombia y analizarlas desde una mirada crítica en el marco de un proceso transicional y un escenario de posconflicto.

Así, se hace imperativo re-pensar la forma en que leemos al Estado y sus instituciones. El hito que logró la JEP nos obliga –como país, academia y sociedad- a entender qué es lo que nos dice el fenómeno de los “falsos positivos” sobre las prácticas, la formación y la estructura misma de las Fuerzas Militares en nuestro país. De este modo, el adelanto de una política institucional y sistemática –como lo fueron los “falsos positivos”-  da cuenta del uso recurrente de la violencia –promulgada desde el Estado mismo- para garantizar la supervivencia del Estado, evidenciando una de las principales contradicciones del monopolio de la fuerza: Las FFMM tienen como objetivo primordial “la Defensa de la Soberanía, la Independencia, la Integridad del Territorio Nacional y el Orden Constitucional” (Ley 1861, 2017), sin que ello signifique, necesariamente, la protección a la población nacional o, en otras palabras, el fin último de las FFMM es la supremacía del orden y la soberanía y para ello se hace necesario servirse de la violencia –institucionalizada- para salvaguarda y mantener el Estado.

La sistematicidad de las ejecuciones extrajudiciales da cuenta de que las FFMM se han erguido a través de una “moral militar” –casi intocable- que se materializa en los valores, la formación y las prácticas que, finalmente, terminan siendo el reflejo de la naturaleza trastornada de la enseñanza militar en donde se les despoja a los soldados de cualquier sentido de crítica para ser desplazada por la obediencia, la autoridad y la defensa del Estado y la institución. En suma, el reconocimiento de responsabilidad por parte de los diez militares ante la JEP nos impone realizar análisis rigurosos sobre la estructuración misma de las FFMM en Colombia.

Por otro lado, y haciendo alusión a implicaciones jurídicas, dicho reconocimiento puso sobre la mesa los vacíos con los que cuenta nuestra legislación para atender y procesar crímenes de Estado y crímenes de sistema –como lo terminó siendo el fenómeno de los “falsos positivos”-. Es decir, legalmente el diseño constitucional de Colombia no estaba preparado para judicializar –con toda la rigurosidad- crímenes que se ejecutaron bajo directrices institucionales porque, entre otras cosas, el fuero militar ha dado lugar –históricamente- a la impunidad. Así, si bien la JEP cuenta con un modelo jurídico especial a través del cual puede imputar, resolver y condenar estos crímenes, es precisamente bajo esta excepcionalidad que se podrá dar algún sentido de justicia y no a través de nuestro diseño legal ordinario porque no cuenta con los mecanismos suficientes para atender delitos de esta índole.

Finalmente, y en materia más simbólica, el reconocimiento permitió levantar la estigmatización que cargaron por años los jóvenes, campesinos y obreros asesinados y cuyas muertes fueron celebradas como “bajas” de guerrilleros. Sin mencionar, por supuesto, la reivindicación de la deuda histórica que tenía el país –y la paz- con las madres, hijas, hermanas y familias de los 6.402 jóvenes.

Así, lo que sucedió en el JEP con los militares que reconocieron su responsabilidad generó un nuevo escenario de retos y trasformaciones imperativas en el Estado, sus instituciones y su legislación para que contribuyan, efectivamente, al escenario de posconflicto desde la verdad, la justicia y la reparación.

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